Nacionalidad Portuguesa por origen Sefardí
Sabías que:
El decreto nº 30-A/2015 aprobado por el gobierno portugués el 27 de febrero del año 2015. En esta normativa se facilita a todas aquellas personas que demuestren tener ascendencia sefardí, la tramitación de la nacionalidad portuguesa, con independencia de su residencia o no en territorio portugués.
Nuestro equipo especializado presta un servicio integral buscando la obtención de la certificación ante la Comunidad Israelita de Lisboa (CIL) o la Comunidad Israelita de Oporto (CIP), así como los trámites jurídicos posteriores necesarios para adquirir la nacionalidad portuguesa por origen sefardí.
Ventajas
- La ley portuguesa no exige que el aplicante hable o conozca el idioma portugués y no requiere que se haga un examen de idioma ni de cultura.
- No se requiere que la persona viaje a Portugal a firmar el acta de notoriedad. Todos los trámites que deben hacerse en Portugal pueden realizarse mediante poder a través de los abogados de VIVEUROPA.
- La ley no tiene fecha de caducidad, lo que implica que las personas van a poder realizar este trámite cuando deseen sin preocupaciones adicionales por la limitación del tiempo.
- No es necesario tener ascendencia portuguesa.
- Todos los casos que apilcan por España también lo pueden hacer por Portugal.